Subvenciones para la contratación en Cataluña durante 2022

Bonificaciones y ayudas para contratar en Cataluña en 2022

2022-01-24 / DSV

Hoy analizamos cuáles son las bonificaciones vigentes para contratar en 2022.


La Generalitat de Cataluña ha abierto convocatoria para solicitar ayudas subvencionadas por la Unión Europea, que tienen un plazo de contratación hasta el próximo 28 de febrero, y supeditados a que haya presupuesto.


Buscan fomentar la contratación en sectores que han sido perjudicados por los efectos de la Covid – 19: Hombres menores de 30 años o mayores de 45 años. También hombres de entre 30 y 45 años que lleven 12 meses parados dentro del plazo de los últimos 18 meses. Y mujeres de cualquier edad.


AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN


Apreciado/a, la ORDEN EMT/214/2021 (DOGC 22-11-21) y la ORDEN EMT/214/2021 (DOGC 22-11-21)’,

disponen líneas de subvenciones para la contratación laboral, según los términos y condiciones que

os detallamos a continuación.


 SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN LABORAL DE PERSONAS DE 30 Y MÁS AÑOS


Plazo solicitudes: hasta el día 31-05-2022, a las 15.00 horas..

Las personas o entidades solicitantes dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de dos

meses desde la fecha de inicio del contrato de trabajo, dentro de los márgenes establecidos al párrafo anterior.

Objeto: subvenciones para la contratación laboral de personas de 30 años y más, en el marco

de las actuaciones previstas a la base 2.1.a) del anexo 1 “fomento de la contratación” de la Orden

EMT/214/2021 por la cual se aprueban bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la ocupación y de la contratación de personas en situación de paro.

Beneficiarias: las personas o entidades constituidas legalmente y con establecimiento operativo en

Cataluña que prevé la base 3.1, letras b, c y e del anexo 1 de la Orden EMT/214/2021:

  • Las entidades sin ánimo de lucro, así como las asociaciones y fundaciones
  • Las cooperativas de trabajo asociado.
  • Personas físicas o jurídicas privadas, y las comunidades de bienes, con capacidad para subscribir, como empresarias, un contrato de trabajo.


No pueden ser beneficiarias las agencias de colocación, las empresas de inserción ni las empresas

de trabajo temporal.


Requisitos para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: entre otros


  • Presentar declaración sobre si se han pedido y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privados para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida, para informar sobre la concurrencia de ayudas para la misma actividad.
  • No haber despedido una persona trabajadora del mismo perfil o categoría profesional de la que contratarán, en los 3 meses anteriores a la suscripción del contrato laboral con las personas participantes


Actuaciones subvencionables de la presente convocatoria:


En esta convocatoria son subvencionables los contratos indefinidos y los contratos temporales con

una duración mínima de 12 meses.

Los contratos se tienen que hacer a tiempo completo y tener el centro de trabajo ubicado en Cataluña. Estas condiciones no se pueden alterar durante el periodo subvencionable.

El periodo subvencionable se determina en función de la fecha de suscripción del contrato y de la

fecha de finalización del programa y tiene que ser como máximo de 12 meses. No se subvencionará el

periodo de contrato que vaya más allá del 31 de diciembre de 2022.

Para esta convocatoria se establece un número máximo de 5 contratos subvencionables por persona

o entidad beneficiaria y no se prevén sustituciones en el caso de bajas prematuras de las personas

contratadas.


Plazo de ejecución:


El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables que prevé esta Resolución se inicia el día

siguiente de la fecha de publicación en el DOGC de esta Resolución de convocatoria y finaliza el 31 de

diciembre de 2022.

Personas destinatarias de esta convocatoria:

  • Personas en situación de desocupación de 45 años o más.
  • Personas desocupadas de 30 años y más, si son mujeres o personas paradas de larga duración.

Se entiende por persona parada de larga duración la persona demandante de ocupación, en situación de paro o no dada de alta a la Seguridad Social un mínimo de 12 meses, continuados o no, durante los últimos 18 meses anteriores a la contratación laboral objeto de la solicitud.

Estas personas tienen que estar inscritas como demandantes de ocupación y tienen que tener capacidad para formalizar un contrato de trabajo en el momento de la firma.

Las personas destinatarias no pueden haber sido contratadas por la misma persona o entidad solicitante en los 12 meses anteriores al contrato por el cual se pide la subvención.

  • Las personas destinatarias tienen que estar inscritas a la oficina de Trabajo correspondiente del Servicio Público de Ocupación de Cataluña como personas demandantes de ocupación.
  • Todos los requisitos y las condiciones que prevé este artículo se tienen que poder acreditar el día hábil laborable inmediatamente anterior al inicio del contrato.

Cuantía: del módulo económico mensual es de 1.473,71 euros.


SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES Y CONTRATOS EN PRÁCTICAS.


Plazo solicitudes: finaliza el día 31-03-2022, a las 15.00 horas.

Objeto: subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes y contratación en prácticas

de personas jóvenes en situación de paro para empresas y cooperativas de trabajo asociado.

Beneficiarias: las personas o entidades constituidas legalmente y con establecimiento operativo en

Cataluña que prevé la base 3.1, letras c y e del anexo 1 de la Orden EMT/214/2021:


  • Las cooperativas de trabajo asociado.
  • Personas físicas o jurídicas privadas, y las comunidades de bienes, con capacidad para subscribir, como empresarias, un contrato de trabajo.


Quedan excluidas las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro (asociaciones y fundaciones).

No pueden ser beneficiarias las agencias de colocación, las empresas de inserción ni las empresas de

trabajo temporal.

Cuantía: módulo económico mensual es de 1.473,71 €. En consecuencia, la subvención de las contrataciones previstas en esta Resolución es de 17.684,52 € para un contrato de 12 meses.

El número de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria para esta convocatoria

de subvenciones, no puede ser superior a 5 ni superar el 50% de la plantilla de la entidad beneficiaria,

excepto cuando se trate de una persona física o jurídica que tenga hasta 1 persona contratada. En

este supuesto, el número de contratos subvencionables será, como máximo, 1.


CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS DE PERSONAS JÓVENES EN SITUACIÓN DE PARO.


Actuaciones subvencionables: se considerarán actuaciones subvencionables los contratos de la

modalidad de contrato en prácticas y con una duración mínima de un año en jornada a tiempo completo.

Personas destinatarias: para esta convocatoria las personas destinatarias de los contratos de trabajo subvencionados tienen que ser personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años,

incluidas las personas con discapacidad, y tienen que cumplir los siguientes requisitos específicos:

  • Estar inscritas en la Oficina de Trabajo correspondiente del Servicio Público de Ocupación de Cataluña como personas demandantes de ocupación no ocupadas (DOY) y con capacidad para formalizar un contrato de trabajo en prácticas en el momento de su firma.
  • Acreditar la posesión de un título universitario o de formación profesional de grado mediano o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, o de un certificado de profesionalidad, que los habiliten para el ejercicio profesional, así como cumplir los requisitos que exige la modalidad del contrato de trabajo en prácticas.


Todos los requisitos y las condiciones tienen que poderse acreditar el día hábil laborable inmediatamente anterior al inicio del contrato.

Plazo de ejecución: Las acciones subvencionables pueden iniciarse un mes antes de la publicación

de esta convocatoria y hasta el 28 de febrero de 2022 y tienen que finalizar como máximo el 27 de

febrero de 2023.


CONTRATACIÓN PERSONAS JÓVENES EN SITUACIÓN DE PARO


Actuaciones subvencionables: se considerarán actuaciones subvencionables los contratos de cualquier de las modalidades de contratación laboral vigentes, excepto el contrato en prácticas y el contrato de formación y aprendizaje y con una duración mínima de un año en jornada a tiempo completo.

Personas destinatarias: tienen que ser personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años,

incluidas las personas con discapacidad, y tienen que cumplir los requisitos específicos siguientes:

  • Estar inscritas en la Oficina de Trabajo correspondiente del Servicio Público de Ocupación de Cataluña como personas demandantes de ocupación no ocupadas (DENO) y con capacidad para formalizar un contrato de trabajo en el momento de su firma.
  • Cumplir los requisitos que exija la modalidad del contrato de trabajo que se subscriba de entre los tipos de contrato vigentes, excepto el contrato en prácticas y el contrato de formación y aprendizaje. Todos los requisitos y las condiciones tienen que poderse acreditar el día hábil laborable inmediatamente anterior al inicio del contrato.


Plazo de ejecución: Las acciones subvencionables que prevé esta Resolución pueden iniciarse un mes

antes de la publicación de esta resolución de convocatoria y hasta el 28 de febrero de 2022 y tienen

que finalizar como máximo el 27 de febrero de 2023.